Esta
práctica, como es obvio, no responde a la voluntad de unos cuantos
agentes indisciplinados, sino que proviene de una directriz, una orden
dada desde lo más alto de la cúpula policial, que se ejecuta
sistemáticamente en nuestras ciudades. Las intenciones que mueven a esos
mandos son evidentemente espurias: crear un manto de protección para
que quienes practican el terror bajo sus órdenes no sufran la menor
consecuencia personal. Pero, aparte de vergonzosas, dichas intenciones
implican una violación radical de la ley.
Dispone
el Artículo 18 Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, sobre normas
generales relativas a escalas, categorías, personal facultativo y
técnico, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo Nacional de
Policía:
Todos
los uniformes llevarán obligatoriamente la placa-emblema del Cuerpo,
con indicación del número de identificación personal, en el pecho, por
encima del bolsillo superior derecho de la prenda de uniformidad
Y el artículo 19.2 de la misma norma dice:
El
personal que vista uniforme reglamentario llevará el carné
profesional, y en el uniforme, la placa-emblema con el número
identificativo personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
18.
Así,
no hay lugar a dudas de que la ley ordena clara y nítidamente que todo
agente de policía lleve visible su número de placa. Cualquier persona,
haya estudiado Derecho o no. entiende el contenido de esta orden. Por
eso, los mandos políticos y policiales que ordenan estas prácticas, no
pueden escudarse en la ignorancia del Derecho, primero porque tienen
formación jurídica y, en segundo lugar, porque las obligaciones que la
ley impone son evidentes para cualquiera.
Pues bien, el Artículo Artículo 404 del Código Penal castiga la prevaricación diciendo que:
A
la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia,
dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le
castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo
público por tiempo de siete a diez años.
Así,
aquella autoridad policial o política que, para favorecer la impunidad
de sus subordinados y la estrategia de terror contra los ciudadanos
críticos que promueve, ordene a los agentes de policía realizar sus
funciones sin el número de placa visible, a sabiendas de que la ley lo
prohíbe, estará cometiendo un delito de prevaricación, delito del que
también es otro poderoso indicio el hecho de que ningún agente acepta
dar su número de placa cuando se le pide, cumpliendo evidentemente
órdenes de sus jefes.
¿Y
si presentásemos querellas por prevaricación contra los jefes de
policía y delegados del gobierno de todas las comunidades autónomas
donde han sucedido estas salvajadas impunes, precisamente porque los
agentes iban sin número de placa? ¿Y si extendiésemos esta querella al
Ministro del Interior como máximo responsable de estas directrices
ilegales? Si los querellantes fuesen ciudadanos apaleados en las
manifestaciones, se librarían de pagar fianza por la interposición de la
querella, pues al ser perjudicados directos de la ilegalidad (no
pudieron identificar a sus agresores debido a que no lo llevaban) la ley
les exime de este pago.
Invitamos
a los diferentes colectivos de las distintas ciudades a pensar sobre
esta acción y proponemos una acción coordinada de presentación de
querellas. ¡Esperamos vuestras respuestas!
Acudiendo a los tribunales podemos acabar con su impunidad. ¡Pasemos a la acción!
*Fotografías de Carlos Trenor.